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Escrito por Administrator   
Lunes 26 de Octubre de 2009 09:24

Areas de Trabajo

Le compete al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública:


1. Elaborar, en coordinación con los organismos que constitucionalmente tienen a su cargo asignadas las tareas relacionadas con la seguridad pública, los planteamientos y estrategias que integren la política de Estado sobre seguridad pública, debiendo incorporar obligatoriamente en los mismo, la prevención de la violencia y del delito, la rehabilitación y reinserción del delincuente y las medidas de represión necesarias para contrarrestar toda actividad delincuencial, con estricto apego a la Constitución y en el debido cumplimiento de las leyes secundarias correspondientes;


2. Promover, estimular y fortalecer la cultura de paz y el mantenimiento del orden público, por medio de programas permanentes en los que participen los gobiernos locales, organismos no gubernamentales y la ciudadanía en general;


3. Conocer de las solicitudes de conmutación de pena;


4. Coordinar los esfuerzos en materia de cultura y responsabilidad ciudadanas, dándole impulso a proyectos como la creación de Comités de Seguridad Ciudadana u otras formas de organización de la sociedad civil en todo el territorio nacional, sobre la base de un amplio ejercicio de participación de los diversos sectores en las respectivas comunidades;


5. Servir como medio de comunicación y coordinación entre el Órgano Ejecutivo, con la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público, la Comisión Coordinadora del Sector Justicia y Consejo Nacional de la Judicatura, en materias relacionadas con las políticas de seguridad pública;


6. Asesorar al Presidente de la República respecto de los proyectos de leyes ó de sus reformas, relacionadas con la política criminal, las políticas de seguridad pública y justicia criminal que sean sometidos a su consideración;


7. Ejercer, en representación del Presidente de la República y bajo sus directas instrucciones, la organización, conducción y mantenimiento de la Policía Nacional Civil, y la Academia Nacional de Seguridad Pública;


8. Coordinar con las demás Instituciones del Estado la uniformidad de las estadísticas delincuenciales, como base necesaria para el estudio de los factores determinantes de la criminalidad y crear los organismos que fueran necesarios para las investigaciones criminológicas;


9. Presidir, de acuerdo a la ley el Consejo de Ética Policial; 


10. Coordinar los esfuerzos nacionales contra el crimen organizado, el lavado de dinero y la corrupción, así como apoyar la prevención integral del consumo y uso indebido de drogas, su control, fiscalización y el tratamiento y rehabilitación de adictos;  Así como dar cumplimiento a los compromisos internacionales adquiridos en esta materia;


11. Coordinar, cuando sea necesario y legalmente, pertinente, las acciones de seguridad pública y la elaboración e implementación de las políticas de seguridad pública con las distintas Secretarías de Estado que fueren procedentes;


12. Fijar la política penitenciaria del Estado, de conformidad con los principios que rigen la ley, así como organizar, dirigir, mantener y vigilar los centros penitenciarios, procurando la rehabilitación del recluso y su reinserción en la sociedad;


13. Representar al país en el exterior, en las áreas de su competencia, en coordinación con los organismos correspondientes; 


14. Ejercer el control migratorio, conocer de las solicitudes de naturalización de extranjeros, de la renuncia de la nacionalidad salvadoreña y recuperación de la misma, expedir pasaportes y ejecutar las demás acciones que correspondan a la política migratoria, y;


15. Ejercer las demás atribuciones y competencias establecidas por las leyes o reglamentos así como las que le encomiende el Presidente de la República.

Ultima actualización ( Viernes 19 de Febrero de 2010 13:10 )
 
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