Noticias y Actualidad

 

|        Página Principal    Observatorios sobre Drogas Observatorio Centroamericano   |  Contáctenos  |   

 

 

Lunes 30 de Mayo de 2005

Delito contra choferes arriesgados

Reclamo. Los jueces invalidan el alcotest que realizan los policías. Además, señalan que el delito actual no es claro en la definición de conductas aventuradas. El Gobierno no se cierra a posibles cambios


Publicada 30 de mayo 2005 , El Diario de Hoy

Wilfredo Salmanca
El Diario de Hoy

nacional@elsalvador.com


Tanto jueces como la Policía Nacional Civil (PNC) reclaman que sea reformado el recién creado delito de conducción temeraria de automotores para establecer las conductas amenazantes específicas en la vía, con el propósito de garantizar el castigo a los transgresores.

De los más de 2,000 casos registrados por la Policía desde agosto de 2004 a la fecha, ningún automovilista está preso porque los juzgadores han rechazado como evidencia para aplicar el Artículo 147 E del Código Penal el alcotest presentada como evidencia por parte de la Fiscalía General.

De los 15 juzgados de San Salvador, sólo el 13o. de Paz elevó el procedimiento a la fase de instrucción.

Resolvió aplicar medidas sustitutivas a la prisión, como la obligación de someterse a una institución determinada para recibir charlas, abstenerse de ingerir bebidas embriagantes y no salir del país.

Cuestionamientos


Los aplicadores de justicia invalidan la prueba de dopaje que realiza la PNC por considerar que los policías no son los agentes apropiados para realizarla y que si el automovilista lo permite, se autoincrimina en ausencia de un abogado defensor. Además, porque la redacción actual no describe con claridad la conducta temeraria. 

Cuestionado. El antidopaje practicado a los conductores no tiene la validez para que sea ejercida como acción penal. Foto: EDH

La jueza 1o. de Paz de San Salvador, Marta Elena Rosales, ha decretado sobreseimiento definitivo en los 45 casos que ha recibido desde el 9 de agosto de 2004, cuando entró en vigencia el nuevo ilícito.

Argumenta que la boleta de alcotest sí procede para una sanción administrativa como lo establece el Reglamento General de Tránsito; pero, que ésta pierde validez para ejercer la acción penal porque se violentan los Artículos 11 y 12 de la Constitución sobre los principios de inocencia y defensa definidos para toda persona.

A este cuestionamiento se agrega el Juez 1o. de Instrucción, Levis Italmir Orellana, quien afirma que es improcedente que para perseguir un delito establecido en el Código Penal se recurra al Reglamento de Tránsito. El Derecho Penal califica esta situación como “ley penal en blanco”.

Además, critica que el 147-E no establezca a partir de cuántos grados de alcohol en la sangre un conductor se vuelve temerario; y que es muy específico para los ebrios, marginando a otros que “en estado normal al volante” son peligrosos.

El jefe de la División de Tránsito Terrestre de la PNC, César Flores Murillo, sugiere establecer los mecanismos idóneos para que se valore el alcotest.

Para ello, sugiere la práctica del examen por un médico de la Unidad Antidoping del Viceministerio de Transporte, el cual debe ser firmado por el profesional para que tenga validez en el proceso judicial.

El viceministro de Seguridad Ciudadana, Rodrigo Ávila, se muestra abierto a los cambios. “La ley no está escrita en piedra”, dice antes de reconocer que el nuevo delito ha evitado muchas tragedias en carretera.

 

 

La PNC gasta $50 por imprudente

 

El distintivo de Tránsito. Foto: EDH

La detención de un automovilista por conducción temeraria tiene sus consecuencias financieras para la PNC, aunque éstos sean liberados en las siguientes 72 horas porque los jueces rechazan como prueba el reporte de alcotest elaborado por los agentes de la División de Tránsito Terrestre.

El titular de esta división policial, César Flores Murillo, asegura que se invierten $50, que se desglosan en el pago al policía, combustible y papelería utilizada.

Agrega que al menos cinco uniformados participan en un dispositivo, por lo que el desembolso se incrementa.

A esta situación se anexan la amenaza física que enfrentan los policías de ser arrollados por conductores ebrios; los insultos verbales que enfrentan a diario; y la agresión sicológica por parte de profesionales que conocen o presumen saber de legislación.

El jefe policial reconoce que otra desventaja para sus 987 miembros es el mote de aceptar “mordidas”. Ante esto, asegura que ya está en licitación el proyecto de cambiar el uniforme de su personal.

La iniciativa tiene tres propósitos: que los agentes de otras divisiones no se hagan pasar como policías de Tránsito para exigir sobornos, que la población los identifique con claridad, y para dotarlos de un mecanismo de seguridad para ser identificados, principalmente por la noche.

Al uniforme tradicional de la PNC, los agentes añadirán un chaleco y rodilleras fluorescente e indicativos de su pertenencia a Tránsito Terrestre.

Demandan claridad legislativa

Levis Italmir Orellana
Juez Primero de Instrucción
Crítica
“Es un caso de mala técnica legislativa. Demuestra que hay desconocimiento de la orientación y estructura del Código Penal como fue diseñado”
        
Marta Elena Rosales
Jueza Primero de Paz S.S.
Ley clara
“Debe revisarse la norma penal para que tenga claridad y para que no se violenten los derechos constitucionales de inocencia y defensa que tiene toda persona”
        
César Flores Murillo
Tránsito Terrestre de la PNC
Pide reforma
“Que se establezcan los mecanismos idóneos para que la prueba de alcotest tenga la validez dentro del proceso judicial, y que el juez no la rechace como prueba”
      
Rodrigo Ávila
Viceministro de Seguridad
Apertura
“La ley no ha sido escrita en piedra, por lo que podemos revisarla. Sin embargo, con el nuevo delito hemos sacado de la vía a muchos choferes irresponsables”

                                           

Las críticas y propuestas
Las autoridades aseguran que una reforma clara del Art. 147 E permitirá enjuiciar a choferes temerarios: 

Inconstitucional        Sugerencias
Antidopaje
El automovilista se autoincrimina, si acepta que le practiquen la prueba en ausencia de un abogado defensor.
      Acta firmada
La PNC propone que la prueba sea realizada por un médico de la Unidad Antidoping del Viceministerio de Transporte. 
Ley en blanco
La actual redacción en el Código Penal no establece con claridad las conductas temerarias. Obliga ir al Reglamento de Tránsito.
 Claridad
Establecer en el Código Penal los grados de alcohol y si la temeridad aplica también para conductores sobrios, pero peligrosos. 
Antecedente
La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional en 2002 algunas sanciones penales del Reglamento de Tránsito.
             
Revisión
Los jueces exigen a creadores de leyes tener claridad en los conceptos jurídicos para evitar la incorrecta técnica legislativa.

 

 

 

 

 

  Observatorio Salvadoreño sobre Drogas
  Derechos Reservados © 2001
  Envíenos sus Comentarios y/o Sugerencias